Opinión

La falsedad histórica, al Boletín Oficial

escrito por Miguel Izu lunes, 02 de abril de 2007

Afirmaba  Ernest Renan en 1882 que "el olvido, y hasta yo diría que el error histórico, son un factor esencial en la creación de una nación". Los nacionalismos, todos, necesitan reescribir, por no decir inventar, la historia de la nación que patrocinan para ocultar, modificar o imaginar hechos según convenga. Cuando en el mismo territorio compiten nacionalismos de diverso signo las acusaciones mutuas de falsear la historia y mentir son inevitables. Así sucede en Navarra, donde el navarrismo (corriente autóctona regionalista del nacionalismo español) compite con el nacionalismo vasco. Ambas partes suelen tener razón en su crítica del contrario, pero coinciden en el vicio de no ver la viga en el propio ojo, y a veces coinciden en defender las mismas leyendas, como la de las cadenas del escudo de Navarra supuestamente ganadas a los moros en las Navas de Tolosa.

 

Entre nosotros lleva ventaja el navarrismo en su tarea de imponer una versión de la historia favorable a sus intereses ya que ejerce el poder. Y lo hace sin complejos, llevando la falsedad histórica incluso al Boletín Oficial de Navarra. Lo acaba de hacer en la exposición de motivos de la Ley Foral de las Policías de Navarra (BON núm. 40 de 2 de abril de 2007). Cuestión menor e incluso anecdótica, nadie lee las exposiciones de motivos y su valor jurídico es escaso por no decir nulo. Pero anécdota muy reveladora de cómo funcionan las cosas.

 

La citada exposición de motivos afirma: "Desde la modificación de los Fueros de Navarra en el siglo XIX, Navarra ha sabido en cada momento actualizar sus instituciones propias y adaptarlas a las necesidades derivadas de los nuevos tiempos. De su concepción residual de Reino, Navarra ha conservado durante más de siglo y medio, como una de sus funciones esenciales, la de policía en determinadas actividades, como protección de edificios, custodia de autoridades, vigilancia de carreteras y caminos, ordenación de transportes, etcétera. Esas actividades se organizaron en la Policía Foral de Navarra, esto es, en un cuerpo de policía propio que, vinculado al régimen foral, la Diputación Foral de Navarra conservó hasta 1982". Me permito sostener la falsedad de estas aseveraciones aunque sea pecando de la inmodestia de citarme a mí mismo porque dediqué unos pocos años a elaborar una tesis doctoral sobre la Policía Foral. Tras la llamada Ley Paccionada de 1841 la Diputación de Navarra no ejercía tales competencias policiales. Al contrario, ya años antes, en 1823, se había establecido en Navarra, como en todas las demás provincias, una organización policial centralizada inspirada en la francesa. Una medida que las Cortes de Navarra protestaron pero que estaba consolidada en 1841. Navarra no contó con ningún cuerpo policial propio hasta 1929, cuando nace la Policía de Carreteras que en 1964 cambió su nombre por el de Policía Foral. Esta creación no se hace al amparo de unas competencias policiales que Navarra no tenía, sino al amparo de unas competencias en materia de carreteras que sí habían sido salvadas por la Ley de 1841. No es hasta 1964 cuando, además de la vigilancia de carreteras, se asumen otras funciones en el ámbito de la seguridad pública.

 

La afirmación de que Navarra durante siglo y medio conservó como una de sus funciones esenciales la policial responde a una mitologización del régimen foral habitual pero nada rigurosa históricamente. Se hace creer que en 1841 Navarra solamente perdió su condición de reino, pero mantuvo prácticamente intactas las facultades de autogobierno. La realidad, al menos la que se desprende de los estudios más serios, es que durante el siglo XIX el régimen administrativo de Navarra se parecía mucho al de las demás provincias. El factor diferenciador fue básicamente el régimen económico que logró mantener la Diputación. La configuración de un régimen de autonomía administrativa con funciones cada vez más amplias fue una tarea prolongada que se extiende hasta bien entrado el siglo XX y fruto no sólo de la tenacidad de los gobernantes navarros sino también de determinadas circunstancias políticas favorables. El recurso de referirlo todo a un pasado mítico anterior a 1841 y consagrado en la Ley Paccionada ha funcionado como argumento legitimador en ese juego político de ir conquistando parcelas de autogobierno, pero no aguanta el contraste de la investigación histórica y hoy no es necesario porque la garantía del autogobierno está en la Constitución.

 

Algo de esto afirmé en la ponencia parlamentaria donde se debatió el proyecto de Ley Foral de Policías de Navarra, defendiendo que se reemplazara la exposición de motivos por otra. Se me contestó por parte del Gobierno y de los grupos que lo sustentan, UPN y CDN, que era necesario decir lo que se decía. Que quizás en el terreno científico yo tuviera razón, pero que el interés político exigía mantener el texto.

 

En resumen, como sucede con todo nacionalismo que se precie, nuestros gobernantes gustan de justificar el régimen de autogobierno de Navarra no en principios democráticos y en la voluntad ciudadana sino en el puro historicismo y en la mitología. Las cosas son así, no porque lo decidamos en libertad los ciudadanos de hoy, sino porque ya fueron así con nuestros antepasados y debemos respeto a la tradición. En contra de la clásica afirmación de Jefferson de que son los vivos quienes deben gobernar y no los muertos, el nacionalismo foralista se aferra al carácter sacrosanto de los fueros. Pero claro, cuando no hay suficiente fuero al que aferrarse para fundamentar decisiones que son de hoy mismo, hay que inventarse nuevos fueros de venerable antigüedad y hay que reescribir la historia.

 

Para acabar, otra anécdota expresiva de cómo se utiliza la historia cual arma arrojadiza, siempre en perjuicio de su rigor. En el mismo Pleno del Parlamento de Navarra donde se aprobó la Ley Foral de Policías de Navarra Miguel Sanz afirmó que el primer lugar donde se exhibió la ikurriña fue en Navarra, en particular en Castejón durante la Gamazada. Se trata de una leyenda. Está perfectamente documentado que en Castejón, en febrero de 1894, Sabino Arana no ondeó la ikurriña, que todavía no existía. Lo que llevó fue una pancarta o estandarte preparado específicamente para la ocasión donde sobre fondo blanco se bordaron en letras rojas los lemas de Dios y Ley Vieja. Bizkaya abraza a Nabarra , Jaun-Goikua eta Lagi Zarra. Bizkaitarrak agur eiten deutse Naparrei . Hasta julio de ese año los hermanos Luis y Sabino Arana no izaron por primera vez en el recién fundado Euzkeldun Batzokija de Bilbao la ikurriña, inicialmente creada como bandera para Vizcaya. El diseño de la ikurriña sobre una mesa del Café Iruña de Pamplona y su estreno en Castejón no es más que un bonito mito arraigado entre los nacionalistas vascos de Navarra, y el mismo gusto por la mitología antes que por la historia hace que Miguel Sanz acríticamente también lo crea y lo difunda. Eso sí, añadiendo de su cosecha y como argumento a favor de sus tesis que la ikurriña fue exhibida en Castejón sólo como bandera del PNV, no como bandera de ninguna comunidad política y menos de Navarra. Otro dato que la historia desmiente. En febrero de 1894, al igual que la ikurriña, el PNV no existía, no fue fundado hasta julio de 1895. Pero qué más da. Donde triunfa la leyenda está de sobra la historia.

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